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Declaración Grupo de trabajo para la investigaciónde la historia de la „euthanasia“ 

Junio de 1996

Extracto de la Declaración de Grafeneck sobre la bioética (1)
 

1.  La Bioética se entiende como ética relativa a la aplicación de las ciencias biológicas al ser humano. Es una ética parcial sin vínculos con una ética fundamental, como seriá una ética social de alcance general. A pesar de ello, existo el riesgo de que en un sector mayoritario de la ética medica sea considerada como la ética general de la medicina moderna.

2.  Para el ano 1996 el Consejo de Europe y para el ano 1998 la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) estan preparando declaraciones internacionales sobre la aplicación de las nuevas ciencias biológicas al ser humano, cuya base van a ser los prinicipios de la Bioética.

3.  La Bioética no es compatible con los derechos humanos. Los derechos humanos tienen carácter universal. Garantizan a cada ser humano, indepentiendemente de su color de piel, su sexo, su capacidad o su salud, la inviolabilidad de su persona y la intangibilidad de su dignidad. En cambio, la Bioética reconoce a los seres humanos como personas con dignidad y derechos sólo en la medida en que posean cualidades como concienciade sí mismos, memoria, capacidad de comunicarse etc. La vida humana carente de estas cualidades es, desde el punto de vista de la Bioética, impersonel, sin derechos y sin valor. La Bioética menosprecia a los seres humanos con discapacidades o enfermedades asociades al envejecimiento y los degrada a objetos de investigación y almacenes de órganos para trasplantes. Hace de personas moribundas factores de gastos y trata a los embriones como cosas.

4.  La Bioética somete las garantías de los derechos humanos individuales a cálculos instrumentales de costes y beneficios. Los derechos básicos del individuo son equiparados con intereses como la libertad de investigacíon, perdiendo así su carácter inalienable. Valores de ética colectiva, como el „derecho al progreso“ o la „salud de la humanidad“, amenazan con diluir la conexión de la ética individual con la Medicina.

5.  En el proyecto de la „Convención de los Derechos humanos sobre la Biomedicina“ del Consejo de Europa, se permite la investigación con beneficio para terceros en aquellas personas con enfermedades mentales graves que les impidan tomar decisiones, y ello sin que estas personas puedan otorgar su consentimiento. Se trataría en esto caso, sobre todo, de personas con discapacidades y enfermedades psíquicas, con enfermedades asociades al envejecimiento, así como de personas en estado de coma vigil. La intervención debe ser permitida si corre poco riesgo y si no se encuentra ninguna persona capaz de someterse voluntariamente a la misma. Las razones dadas son el beneficio para otros pacientes  y para las generaciones futuras.

6.  En el proyecto de la  Convención del Consejo de Europa, se permite la investigación en embriones vivos. Hasta ahora, ésta estaba prohibida, tanto en Alemania como en España. El comercio con embriones o el consumo de embriones humanos para experimentos medicos van a ser reglamentados en actas suplementarias.

7.  En la Declaración sobre la Bioética de la UNESCO, el genoma humano se declara „herencia de la humanidad“. Pero no se pone ningún obstáculo frente a los intereses económicos interesados en el expolio de ésta „herencia“. No se excluyen intervenciones en el genoma, es decir cambios genéticos, que se transmitan tambien a las generaciones venideras ocuyos efectos para las mismas resulten imprevisibles. Tampoco se excluyen los tests de predicción genética o el patentado de cortes genéticos. Simultáneamente, se obliga a los estados nacionales a fomentar la investigación.

8.  Dados los peligros de las nuevas ciencias biológicas y de su imprudente legitimación bioética, la Declaración de Grafeneck exige el reconocimiento del Código de Núremberg como única base para la definción de los derechos del ser humano respecto a la medicina moderna. El Código de Núremberg fue formulado en 1.947, como fundamento ético reconocido internacionalmente, a raíz de los crímenes nacionalsocialistas en el campo de la Medicina. Con ello se proporcionó al Tribunal Internacional de Núremberg una base para el examen júridico de los experimentos medicos y los crímenes eugenésicos nazis. No la historia nacionalsocialista, sino la respuesta internacional a esta historia sería entonces el punto ético de partida para el futuro de la Medicina y de la aplicación de las ciencias biológicas al ser humano.

9.En el Còdigo de Núremberg, al ser humano, con sus derechos básicos, se constituye en centro único de atentión, y no la investigación médica, el progreso científico o la utilidad social. Para cualquier tratamiento o investigación en beneficio de terceros se exige la presentación del consentimiento del afectado, despues de haber recibido información completa por parte del médico. Solamente intervenciones genuinamente terapéuticas, según una precisión incluida en la „Declaración de Helsinki“ de 1.964, pueden ser autorizadas tras el consentimiento del representante legal. De este modo, queda excluida la posibilidad de intervenciones en beneficio de terceros sin el consentmiento libre del afectado. Las personas no capaces de consentir de este modo son protegidas claramente frente a la realización de experimentos con seres humanos. Justaficaciones como el escaso riesgo o la utilidad para otros pacientes darecen de sentido.

10. La historia no debe repertirse. Si la necesidad inamovible de la garantía de los derechos humanos individuales hubiera estado firmemente establecida en el pensamiento profesional de los médicos en el nacionalsocialismo, las consecuencias criminales de la "magna terapia", del empeño ilusorio de sanar la sociedad a costa del individuo, nunca habrían tenido lugar. A la vista del peligro de aprición de una nueva  "magna terapia" en la cual los derechos del individuo sean sacrificados en nombre del progreso, la Declaración de Grafeneck aboga, en sentido del principio de la lentitud, por no legitimar el desarollo de las ciencias biológicas a partir de la Bioética, sometiédolo  a un control basado estrictamente en los derechos humanos.
 

 Autor:  Dr.Michael Wunder, Himmelstr.26, 22299 Hamburg Alemania

 (Traducción: Uta George, Wetzlar, Alemania;
  Mariluz Díaz Ruíz, Pizarra, España;
  Antonio Dáez Arance, Bielefeld, Alemania)
 

(1) El "Grupo de trabajo para la investigación de la historia de la 'eutanasia' " es un colectivo interdiciplinar de mujeres y hombres, de psicólogos, médicos y enfermeras, teólogos, abogados e historiadores de la medina, con un núcleo de aproximadamente 20 científicos. Tiene su origen en la confrontación con los aspectos más oscuros de la activitad médica y psyquiátrica en el período nacionalsocialista e inició sus actividades a comienzos de los años ochenta. El grupo se reunió en octubre del 1995 en Grafeneck, una pequena localidad situada al sur de Alemania. En este lugar murieron entre enero y diciembre de 1940, gaseadas en el marco del programa nacionalsocialista de "eutanasia", alrededor de 10.000 personas afectadas por discapacidades y enfermedades psíquicas. También aquí surgió la "Declaración de Grafeneck", cuyo texto resumimos aquí en diez tesis.
 

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